El Registro de Profesionales de la Conciliación del Ilustre Colegio de la Abogacía de Córdoba reúne a las personas colegiadas ejercientes que, con la debida formación, imparcialidad y compromiso ético, intervienen en los procedimientos de conciliación privada gestionados por el Centro de Conciliación ICACórdoba.
Su finalidad es garantizar la calidad técnica y deontológica del servicio, en beneficio de la ciudadanía y de la seguridad jurídica.
El listado de profesionales inscritos en el Registro de Conciliadores del ICACórdoba está disponible para su consulta pública.
Contiene los datos básicos de contacto, número de colegiación y especialidades.
Conforme a los artículos 21 a 24 del Reglamento del Servicio de Conciliación Privada del Ilustre Colegio de la Abogacía de Córdoba, las personas solicitantes deberán abonar los derechos correspondientes a la administración y gestión del servicio y los derivados de la prestación de los servicios de conciliación a cargo de la persona conciliadora designada.
Las cuantías fijadas en el Anexo I del Reglamento podrán actualizarse por acuerdo de la Junta de Gobierno. Los importes indicados no incluyen los impuestos aplicables (IVA).
Los derechos de administración y gestión corresponden íntegramente al Colegio, mientras que los derechos por la prestación del servicio se distribuyen entre la persona conciliadora y el Colegio en la siguiente proporción:
La persona conciliadora emitirá la factura correspondiente, aplicando el descuento del 20 % a favor del Colegio. Si intervienen varias personas conciliadoras, su parte se repartirá por igual salvo acuerdo distinto autorizado por el Centro.
No procederá la devolución de los derechos abonados por administración ni de los honorarios de servicios efectivamente prestados, incluso si no se alcanza acuerdo.
Fuente: Reglamento del Servicio de Conciliación Privada del Ilustre Colegio de la Abogacía de Córdoba, artículos 21 a 24 y Anexo I (Diciembre 2025).
| DERECHOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN | ||
|---|---|---|
| 100 % COLEGIO — Incluyen el uso de la sala colegial. El coste de salas externas será asumido por las partes. | ||
| CONCEPTO | SUPUESTO | PRECIO |
| Solicitud de conciliación | Unilateral | 60 € + IVA |
| Solicitud de conciliación | De mutuo acuerdo | 60 € + IVA |
| Certificaciones | De cualquier tipo | 10 € + IVA |
| DERECHOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONCILIACIÓN PRIVADA | ||
|---|---|---|
|
80 % CONCILIADOR/A — 20 % COLEGIO Por gastos de gestión y administración. |
||
| CONCEPTO | DETALLE | PRECIO (por parte) |
| Sesión inicial | Por cada parte | 60 € + IVA |
| Resto de sesiones | 2 partes | 120 € + IVA |
| 3 partes | 100 € + IVA | |
| 4 partes | 90 € + IVA | |
| 5 partes | 80 € + IVA | |
| Acta sin acuerdo | Por cada parte | 50 € + IVA |
| Acta con acuerdo total o parcial | Por cada parte | 150 € + IVA |
| SUPUESTOS DE ESPECIAL COMPLEJIDAD O CUANTÍA ELEVADA | |||
|---|---|---|---|
| Aplicable exclusivamente cuando se alcance acuerdo total o parcial que supere los 50.000 €. | |||
| BASE | EUROS FIJOS | RESTO DE BASE | PORCENTAJE |
| 50.000 € | 500 € | Hasta 100.000 € | 1,00 % |
| 100.000 € | 1.000 € | Hasta 300.000 € | 0,50 % |
| 300.000 € | 2.200 € | Hasta 600.000 € | 0,25 % |
| 600.000 € | 4.000 € | En adelante | 0,10 % |
Los formularios de solicitud de conciliación están disponibles para su descarga y presentación por vía electrónica, conforme al Reglamento del Servicio de Conciliación Privada del Ilustre Colegio de la Abogacía de Córdoba.
Las partes interesadas podrán presentar el formulario cumplimentado y la documentación correspondiente a través del correo institucional del Centro o mediante la Sede Electrónica del Colegio.
Sede Electrónica del Ilustre Colegio de la Abogacía de Córdoba