Seguro RC y Pólizas Colectivas
El Colegio de la Abogacía de Córdoba tiene entre sus funciones adoptar las medidas necesarias para garantizar que las personas colegiadas cumplan con el deber de aseguramiento al que se refiere el artículo 27.c) de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, por el que es deber de las personas colegiadas tener cubierto mediante un seguro los riesgos de la responsabilidad civil en que puedan incurrir como consecuencia del ejercicio profesional.
Además, el Colegio tiene contratadas otras pólizas colectivas vigentes, que benefician a los profesionales de la Abogacía colegiados como ejercientes y residentes en Córdoba y provincia, y cuyo coste está incluido en la cuota colegial.
A continuación, puede consultar los diferentes seguros disponibles, sus coberturas y las vías de contacto para la gestión de incidencias, consultas o ampliaciones.