Designación de conciliador para controversias civiles para beneficiarios de Asistencia Jurídica Gratuita

El Colegio de la Abogacía de Córdoba ha puesto en funcionamiento el servicio de designación de profesional de la Abogacía experto en conciliación en controversias civiles en las que, al menos, una de las partes tenga reconocido el derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita.

Este servicio se desarrolla en virtud del convenio suscrito entre la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados , mediante el cual se instrumenta la concesión de una subvención directa destinada a financiar la designación de profesionales de la Abogacía que intervengan como conciliadores en este tipo de controversias. Accede al Convenio

Constitución del listado de profesionales conciliadores

Para la prestación del servicio, el Colegio ha constituido un listado específico de profesionales de la Abogacía que cumplen los requisitos de formación y habilitación exigidos en el convenio, y que actuarán por turno de designación cuando así se solicite.

El Colegio asume la designación del profesional conciliador y la gestión administrativa derivada de la subvención.

Ámbito de aplicación y funcionamiento

Cuando un profesional del Turno de Oficio reciba la designación de un asunto en materia civil, podrá solicitar la designación de profesional experto en conciliación.

La intervención de la persona conciliadora permite:

  • Intentar una solución extrajudicial del conflicto.

  • Dar cumplimiento, en su caso, al requisito de procedibilidad mediante la acreditación del intento de conciliación.

Conforme al convenio suscrito , el servicio cubre un máximo de tres sesiones por cada procedimiento de conciliación. La actuación se orienta a facilitar un acuerdo entre las partes a través de una actividad negociadora estructurada, formalizándose el acuerdo alcanzado conforme a la normativa aplicable.

Procedimiento para solicitar la designación

La solicitud de designación deberá formalizarse mediante el modelo habilitado al efecto y presentarse a través de la Sede Electrónica del Colegio de la Abogacía de Córdoba, utilizando el trámite correspondiente.

📎 Descargar solicitud de designación de profesional de la Abogacía experto en conciliación

Compensación económica en caso de acuerdo

De acuerdo con la Base 2.8 de la Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita, en el módulo «Mediación. Acuerdos alcanzados extrajudicialmente como consecuencia de un proceso de mediación u otro medio adecuado a la solución de controversias» (ACMD10), la compensación económica asciende a 400 euros.

La compensación se devenga cuando el acuerdo se alcance con carácter previo al inicio del proceso judicial y se formalice en escritura pública u otro documento público de fuerza equivalente. En este caso, no podrá percibirse nueva compensación económica por la interposición posterior de demanda que pretenda la incoación de un procedimiento judicial con los mismos sujetos y objeto litigioso.