Ejerciente / No ejerciente

Artículo 11 – Estatutos del Colegio de la Abogacía de Córdoba.

  • Poseer el título oficial que habilite para el ejercicio de la Abogacía, salvo las excepciones establecidas en normas con rango de ley; y acreditar el conocimiento de la lengua castellana.
  • Haber satisfecho la cuota de ingreso y los demás que tenga establecido el Colegio. 
  • Formalizar el alta en el Régimen de Seguridad Social (RETA) que corresponda o, en su caso, el ingreso en una mutualidad de previsión social alternativa al Régimen Especial de la SS de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Carecer de antecedentes penales delitos por que lleven aparejada la imposición de penas graves o la inhabilitación para el ejercicio de la Abogacía.
  • No estar incurso en causa de incompatibilidad o prohibición para el ejercicio de la profesión, lo que se acreditará por medio de certificado expedido por el Consejo General de la Abogacía Española.
  • Tener concertado seguro de responsabilidad civil profesional. Incluido en la cuota colegial del Colegio de la Abogacía de Córdoba. Más info.
  • Designar domicilio, teléfono, fax y dirección de correo electrónico para notificaciones. 

Documentación y trámites

  1. Titulación
    • Título de Graduado/a en Derecho
    • Certificado de Máster Universitario de Acceso a la Abogacía.
    • Resguardo o Título Profesional de Abogado/a
  2. Instancia solicitando la incorporación, donde deben constar todos los datos personales
  3. Identificación:
    • Certificado de Nacimiento
    • Dos fotocopias de DNI
    • Dos fotografías tamaño carnet.
  4. Certificación de nueva incorporación.
  5. Certificado de Antecedentes Penales
    • Puede solicitarlo vía web aquí
  6.  Cuota de Incorporación.
    • Adjuntar Justificante de ingreso de la Cuota de Incorporación – 375,00 €
    • Puede realizarse de dos maneras:
      • Formalizar el pago a través de la pasarela de pago del Colegio de manera inmediata:
      • Realizar ingreso en la cuenta ES06- 0030-4001-99-0003627271 
  7. Domiciliación bancaria
    • Adjuntar documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria
    • Adjuntar Domiciliación Bancaria. Descargar aquí ORDEN SEPA
  8. Alta en una mutualidad de previsión social o en RETA
    • Aportar recibo acreditativo de haber sido dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda o, en su caso, el ingreso en una mutualidad de previsión social alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  9. Darse de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas I.A.E.
  1. Titulación
    • Título de Graduado/a en Derecho
    • Certificado de Máster Universitario de Acceso a la Abogacía.
    • Resguardo o Título Profesional de Abogado/a
  2. Instancia solicitando la incorporación, donde deben constar todos los datos personales
  3. Identificación:
    • Certificado de Nacimiento
    • Dos fotocopias de DNI
    • Dos fotografías tamaño carnet.
  4. Certificación de nueva incorporación.
  5. Certificado de Antecedentes Penales
    • Puede solicitarlo vía web aquí
  6.  Cuota de Incorporación.
    • Adjuntar Justificante de ingreso de la Cuota de Incorporación – 375,00 €
    • Puede realizarse de dos maneras:
      • Formalizar el pago a través de la pasarela de pago del Colegio de manera inmediata:
      • Realizar ingreso en la cuenta ES06- 0030-4001-99-0003627271 
  7. Domicialización bancaria
    • Adjuntar documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria
    • Adjuntar Domicialización Bancaria. Descargar aquí ORDEN SEPA
  8. Datos de la empresa.
    • Aportar declaración jurada haciendo constar la empresa u organismo para el que ejercerás exclusivamente por cuenta ajena, mediante relación laboral, comprometiéndote a no realizar actuación profesional alguna por cuenta propia.
    • Aportar contrato como profesional de la Abogacía con dedicación exclusiva. En dicha certificación se debe hacer constar el número de afiliación al régimen General de la Seguridad Social.
  9. Información de interés.
    • Si vas a trabajar por cuenta ajena en otro despacho o en una empresa, mediante una relación laboral, no tienes obligación de afiliación/alta en el RETA, ni inscripción en una mutualidad de previsión social alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. No obstante, con carácter voluntario podrás inscribirte en cualquier mutualidad de previsión social, dado que sus pensiones son compatibles y no concurrentes con las del sector público. En el caso de que posteriormente pasen a ejercer por cuenta propia, en ese momento necesariamente, tendrán que optar entre el RETA o alternativamente en una mutualidad de previsión social alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  1. Titulación
    • Título de Graduado/a en Derecho
    • Certificado de Máster Universitario de Acceso a la Abogacía.
    • Resguardo o Título Profesional de Abogado/a
  2. Instancia solicitando la incorporación, donde deben constar todos los datos personales
  3. Identificación:
    • Certificado de Nacimiento
    • Dos fotocopias de DNI
    • Dos fotografías tamaño carnet.
  4. Certificación de nueva incorporación.
  5. Certificado de Antecedentes Penales
    • Puede solicitarlo vía web aquí
  6.  Cuota de Incorporación.
    • Adjuntar Justificante de ingreso de la Cuota de Incorporación – 375,00 €
    • Puede realizarse de dos maneras:
      • Formalizar el pago a través de la pasarela de pago del Colegio de manera inmediata:
      • Realizar ingreso en la cuenta ES06- 0030-4001-99-0003627271 
  7. Domicialización bancaria
    • Adjuntar documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria
    • Adjuntar Domicialización Bancaria. Descargar aquí ORDEN SEPA
  8. Información de Interés.
    • Los colegiados no ejercientes no tendrán obligación de figurar en el RETA ni de inscribirse en una mutualidad de previsión social alternativa, pudiendo pertenecer con carácter voluntario, dado que sus pensiones son compatibles y no concurrentes con cualesquiera otras. 
    • En el caso de que posteriormente pasen a ejercer la profesión por cuenta propia, en ese momento necesariamente tendrán que optar entre el Régimen de la Seguridad Social que corresponda o, en su caso, el ingreso en una mutualidad de previsión social alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Cuotas

Incorporación como EJERCIENTE

La Cuota Colegial correspondiente se girará en la cuenta corriente facilitada, a primeros del mes siguiente, junto con las cuotas del resto de colegiados.

Incorporación como NO EJERCIENTE

La Cuota Colegial correspondiente se girará en la cuenta corriente facilitada, a primeros del mes siguiente, junto con las cuotas del resto de colegiados.